Principio de Representación proporcional el artículo 229, fracciones I y II, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana roo, conjtraviene las bases generales para la asignación de diputados previstas en el artículo 54, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Tipo de material: ArtículoArtículoTema(s): 1998 | Quintana roo | Fórmulas electorales | Representación proporcional | Constitucion | Distribucion | Elecciones locales | Escaños | JURISPRUDENCIA ELECTORAL | LEGISLACION ELECTORAL En: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta octubre de 1998. p. 769-842
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