Materia electoral la fracción III del artículo 229 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana roo, que ordena deducir de la votación efectiva la votación del partido que obtuvo dos terceras partes o más de las constancias de mayoría relativa, contraviene el pricnipio de Representación proporcional
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ArtículoAnalíticas: Mostrar analíticas:Tema(s): 1998 | Quintana roo | Jurisprudencia electoral | Representación proporcional | Congreso local | Distribucion | Elecciones locales | Escaños | LEGISLACION ELECTORAL
En: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta noviembre de 1998.
p. 193-194
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Materiales especificados | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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| Artículo de Revista | Biblioteca INE | Disponible |