Materia electoral la fracción III del artículo 229 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana roo, que ordena deducir de la votación efectiva la votación del partido que obtuvo dos terceras partes o más de las constancias de mayoría relativa, contraviene el pricnipio de Representación proporcional

Tipo de material: ArtículoArtículoAnalíticas: Mostrar analíticas:Tema(s): 1998 | Quintana roo | Jurisprudencia electoral | Representación proporcional | Congreso local | Distribucion | Elecciones locales | Escaños | LEGISLACION ELECTORAL En: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta noviembre de 1998. p. 193-194
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